Traducir es la acción de expresar en una
lengua algo que se ha expresado anteriormente o que está escrito en otra
diferente. Los servicios que ofrecerá
nuestra empresa relacionados con esta actividad serían los siguientes:
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Traducción general
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Traducción especializada o técnica
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Traducción jurada
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Corrección de textos
A continuación se detallarán cada uno de
estos:
Traducción general
Aunque no se trata de un término correcto, nos referimos
a la traducción general como aquel tipo de traducción más básico y habitual de
obras o textos sencillos, que no implican la utilización de un vocabulario
específico en una materia concreta.
Traducción especializada o
técnica
Esta se ocupa de aquellas obras o textos que sirven en su
lengua original para recoger y transmitir información o conocimientos
especializados en el ámbito de las ciencias, tecnología, humanidades o economía
o cualquier otro campo que tenga un lenguaje específico.
Traducción jurada
La diferencia de esta traducción con una general o una
especializada es que la traducción jurada tiene autenticidad; es decir, hace fe
pública y emana de la autoridad del Estado. Este tipo de traducciones se
suponen fieles al texto original mientras no se haga prueba en contrario, es
decir, mientras no sea modificada por la única autoridad competente para
revisarla, que sería la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de
Asuntos Exteriores.
Para realizar las traducciones juradas, es
decir, aquellas que tienen validez oficial, se requiere la figura denominada
Intérprete Jurado, que es un traductor independiente en el que el Ministerio de
Asuntos Exteriores delega la realización y legalización de las traducciones de
los documentos escritos en otro idioma que tanto las personas físicas como las
jurídicas necesitan presentar antes las autoridades españolas.
Esta habilitación se produce después de
superar un examen de capacidad convocado por la Oficina de Interpretación de
Lenguas de ese Ministerio. Una vez aprobado el examen y recibido el
nombramiento, el traductor debe inscribirse en un registro especial del
gobierno civil de la provincia donde vaya a ejercer sus funciones, así como en
la Oficina Consular del Ministerio de Asuntos Exteriores.
Hasta hace un par de años, toda persona
Licenciada en Traducción e Interpretación podía obtener este título sin tener
que hacer el examen, sólo lo tendría que hacer en caso de querer hacer
traducciones juradas de otros idiomas fuera de los impartidos en los estudios
realizados.
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